Por RAMÓN PÉREZ-MAURA
ABC Sábado, 29.07.17
La libertad de información no es un bien protegible cuando
se juzga a periodistas
MALOS tiempos para la libertad. Se derrumba la Venezuela de
Pablo Iglesias y los suyos, mas ellos siguen empleando aquí los tribunales para
actuar con un rigor inimaginable en los lugares en los que gobiernan aquellos a
quienes han aleccionado las gentes de Podemos. El juzgado de Primera Instancia
Nº 3 de Zamora ha condenado a mi colega y amigo Hermann Tertsch por la publicación
en la Tercera de ABC el 17 de febrero de 2016 del artículo «El abuelo de
Pablo». Se le impone una indemnización de 12.000 euros al padre del secretario
general de Podemos. La razón de ello es que en aquel artículo Tertsch afirmaba,
recogiendo lo ya aparecido en otras publicaciones a las que nadie ha demandado,
que Manuel Iglesias Ramírez, abuelo de Pablo Iglesias, fue condenado a muerte
por la desaparición y el asesinato en noviembre de 1936 del marqués de San
Fernando y su cuñado Pedro Ceballos, tras la saca perpetrada en su domicilio.
La sentencia no niega que Iglesias participara en esa saca
con «el Chaparro», «el Hornachego», «el Vinagre», «el Ojo de Perdiz» y «el Cojo
de los Molletes». Pero sí niega que él asesinara a las dos víctimas pues la
investigación sobre la saca fue «archivada provisionalmente» e Iglesias fue
condenado a muerte por rebelión militar. Pena, que como explicaba Tertsch en su
artículo, le fue conmutada por 30 años de prisión de los que, ya se sabe lo de
la dureza del franquismo, sólo cumplió cinco.
Ha sido ésta una causa verdaderamente extraña. Primero
porque el padre del secretario general de Podemos presentó su demanda en los
juzgados de Madrid, como es lógico por ser esta ciudad la sede de ABC y,
sorprendentemente, el tribunal declaró su «incompetencia territorial» y lo
despachó a Zamora, residencia del demandante al que no se le debía haber
ocurrido acudir directamente al juzgado allí. Después, el día de la vista oral,
el 19 de abril de 2017, se decidió celebrar la vista a puerta cerrada. La
sentencia no aclara si el motivo de expulsar al público –sin que hubiera habido
ningún incidente- fue por proteger el supuestamente ya mellado honor de la
familia Iglesias o porque la libertad de información no es un bien protegible cuando
se juzga a periodistas.
Al fin la sentencia conocida ahora condena a Tertsch a pagar
la indemnización referida y los costes del proceso y «a retirar a su costa de
la web y del caché el artículo referido». No entraré en lo del caché, porque en
el diccionario de la Real Academia Española no hay más que dos acepciones de
«caché»: la cotización de un artista y la distinción o elegancia de una
persona. Y como el pobre Tertsch tenga que hacerse cargo de la distinción y
elegancia de la familia Iglesias le aconsejo que opte por pedir conmutar la
pena por una de cárcel.
En cuanto a lo de retirar el artículo de la web, aquí ya
hemos llegado a la censura más absoluta, una que supera lo que vemos en
Venezuela. ABC es un diario publicado en papel. Los diarios en papel tienen una
hemeroteca que sólo se censura en regímenes como el de la fenecida Unión
Soviética. Esa hemeroteca de ABC, todas las páginas publicadas desde el 1 de
enero de 1903, pueden ser vistas por cualquiera en http://hemeroteca.abc.es/
Ahora el juzgado de Zamora pretende eliminar de la hemeroteca digital el
artículo de Tertsch. Y supongo que después irá a la Biblioteca Nacional y
también censurará allí nuestras páginas cortando esa Tercera con una cuchilla.
Ni Chávez se atrevería a tanto. Llegaremos a volver a publicar portadas con el
titular «Este número está visado por la censura» como la aparecida el 16 de
octubre de 1935.
Ellos lo tienen claro. No pararán hasta que nos callen. Pero
no callaremos.
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